DECRETO N° 142/2024
VISTO:
El Decreto Nº 099/24, que declaró emergencia hídrica en todo el radio urbano de la localidad de Tanti; y
CONSIDERANDO:
Que históricamente se han registrado consumos formidablemente superiores de los normales y habituales en los periodos estivales, máxime con la afluencia de turistas.
Que, si bien la situación actual de infraestructura en el suministro está garantizada con el nuevo acueducto, se requiere mejorar la red domiciliaria en muchos sectores, lo que dificulta el suministro en las condiciones necesarias.
Que, atendiendo esta realidad, se deben tomar las medidas necesarias a los fines de reducir el consumo diario, ya que de lo contrario se podría ver afectado a corto plazo la prestación del servicio público de agua corriente domiciliaria.
Por ello y en uso de sus atribuciones (artículos 49 y 50 de la Ley Orgánica Municipal N° 8102/91);
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE TANTI DECRETA
Artículo 1º: EXTIENDASE la emergencia hídrica en todo el radio urbano de la localidad de Tanti hasta el día 30 de Septiembre de 2024.
Artículo 2º: DETERMINESE el uso exclusivo del agua de red domiciliaria para el uso humano. En consecuencia, se prohibe el uso para riego, llenado de piletas, lavado de autos, etc.
Artículo 3º: SUSPENDASE hasta el 30 de Septiembre de 2024, las nuevas conexiones al servicio de distribución de agua domiciliaria, atento los fundamentos expresados en los considerandos del presente Decreto.
Artículo 4º: PUBLÍQUESE, protocolícese, dese al Registro Municipal y archívese.
Tanti, 01 de Agosto de 2024.