DECRETO Nº 084/2021 – Beneficio de Exención de Pago

 

DECRETO Nº 084/2021

 VISTO;

                   La Ley Orgánica Municipal Nº 8102/91 (artículo 49 inciso 23); y

 CONSIDERANDO;

      Que el artículo 3º de la Ordenanza Nº 1205/20, faculta al Departamento Ejecutivo Municipal a extender la suspensión del pago de tributos mínimos, a los contribuyentes cuyos rubros de sus comercios aún no estén habilitados para trabajar;

Que en virtud del contexto de aislamiento social, decretado por el Gobierno Nacional; y de acuerdo a la situación actual del ejido de este municipio, no se ha autorizado la apertura de hoteles y/o cabañas, con el propósito de mantener a esta localidad resguardada del virus, Covid 19;

Por ello, se ha dispuesto extender el beneficio de la exención de pago hasta el anuncio de nuevas medidas;

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE LA MUNICIPALIDAD DE TANTI DECRETA

 Artículo 1º- Extiéndase para los meses de abril, mayo y junio de 2021, la suspensión del pago de la contribución, que inciden sobre la actividad comercial de los rubros: hotelería, cabañas, alojamiento en general y toda aquella actividad que no encuadre en las disposiciones establecidas por el COE, debiendo los contribuyentes, cumplimentar los requisitos establecidos en Ordenanza Nº 1205/20.

Artículo 2º- Comuníquese, publíquese, dese al Registro Municipal y archívese.

Tanti, 18 de junio de 2021.