DECRETO Nº 166/2020 – Adhesión a Protocolos COE – Diciembre 2020

 DECRETO Nº 166/2020

 VISTO;

La Ley Orgánica Municipal Nº 8102/91 (artículo 49 inciso 23),  La Ordenanza Nº 1.208/20, “Adhesión a los Protocolos del COE”;

Y CONSIDERANDO;

Que conforme lo disponen las nuevas medidas adoptadas por el Gobierno Nacional y a las facultades delegadas a las provincias en esta nueva etapa para la prevención del COVID 19, el COE Central de Córdoba, define la modalidad que tendrá la Provincia en la etapa de la temporada de verano 2020-2021;

Que para el correcto funcionamiento y desarrollo de las actividades flexibilizadas en este contexto excepcional, deberá respetarse estrictamente, como guías obligatorias, los respectivos protocolos de actuación y/o habilitación;

Por ello y en uso de las atribuciones que le confieren las normas legales antes citadas;

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE TANTI DECRETA

Artículo 1º- ADHERIR  al   “PROTOCOLO  DE  PROCEDIMIENTO PARA EL TURISMO EN EL CONTEXTO DE LA PANDEMIA COVID – 19”, denominado Anexo Nº 120 – Versión 1;  dictado por el Centro de Operaciones de Emergencia Central (COE), con fecha 16 de noviembre  de 2020, el que compuesto de nueve (9) fojas útiles, forma parte integrante y constitutivo del presente Decreto.

Artículo 2º – ADHERIR al “PROTOCOLO DE FERIAS FRANCAS MUNICIPALES”; dictado por el Centro de Operaciones de Emergencia Central (COE), denominado Anexo 85 – agregados apéndice 1 y 2; con fecha de 29 de junio de 2020, el que compuesto de nueve (9) fojas útiles, forma parte integrante y constitutivo del presente Decreto.

Artículo 3º – ADHERIR al ”PROTOCOLO PARA ESTABLECIMIENTOS GASTRONÓMICOS DE BARES Y RESTAURANTES, identificado como Anexo Nº 86 – Versión 3; dictado por el Centro de Operaciones de Emergencia Central (COE), con fecha 13 de diciembre  de 2020, el que compuesto de veinte (20) fojas útiles, forma parte integrante y constitutivo del presente Decreto.

Artículo 4º – El presente Decreto será refrendado por el Secretario de Gobierno y Coordinación.

Artículo 5º –  COMUNÍQUESE, protocolícese, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.

Tanti, 15 de diciembre de 2020.

 

ANEXO-86-ESTABLECIMIENTOS-GASTRONÓMICOS-V3-11-Dic-20

ANEXO-85-FERIAS-FRANCAS-MUNICIOPALES

ANEXO-120-PROCEDIMIENTO-PARA-EL-TURISMO-V-1-Final-1-1