DECRETO N° 040/2024
VISTO:
La nota presentada por el Centro Vecinal Villa García y Aledaños y
CONSIDERANDO:
Que mediante Nota de fecha 14/02/2024 las autoridades del Centro Vecinal Villa García y Aledaños comunican a este Departamento Ejecutivo Municipal que han resuelto en reunión de Comisión Directiva del día 05/02/2024, conforme la autorización dada por el Art. 32 del Estatuto, convocar a elecciones para el día 6 de Abril de 2024 para elegir a los integrantes de la Comisión Directiva y de la Comisión Revisora de Cuentas.
Que la elección deberá tener lugar con una antelación mínima de sesenta (60) días corridos a la fecha del acto eleccionario, por lo que el plazo fijado se ajusta al marco normativo vigente.
Que, se debe designar Junta Electoral Vecinal que lleve adelante el proceso electoral, a cuyo fin se debe integrar la misma con vecinos del Barrio.
Que, en consecuencia, se debe autorizar el proceso electoral de el Centro Vecinal.
Por ello y en uso de sus atribuciones (Arts. 49 y 50 de la Ley Orgánica Municipal N° 8102),
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE TANTI DECRETA
Artículo 1º: AUTORÍCESE el llamado a elecciones para el día 6 de Abril de 2024 a las 18 horas a fin de la conformación de la Comisión Directiva y Comisión Revisora de Cuentas del Centro Vecinal “Villa García y Aledaños”, en los términos de la Ordenanza N° 727/12, Estatuto y demás normativa.
Artículo 2º: Para la elección Comisión Directiva y Comisión Revisora de Cuentas el voto será secreto y directo, por el sistema de lista completa, resultando electos los integrantes de la lista que obtenga la mayoría de votos emitidos a simple pluralidad de sufragios. Para ser candidatos se requiere ser Vecino Activo, mayor de edad y contar con una antigüedad de un año de residencia Barrio.
Artículo 3º: Votarán en la elección los socios del Centro Vecinal “Villa García y Aledaños”, acreditando su identidad con el Documento Nacional y suscribiendo el padrón utilizado. La Junta Electoral procederá a confeccionar el padrón respectivo.
Artículo 4º: El proceso electoral estará a cargo de la Junta Electoral Vecinal, compuesta por los vecinos Sr. Ceballos José, DNI Nº 5.263.299, Sr. Lambarri José, DNI Nº 20.947.077 y Sra. Amsler Carolina, DNI N° 26.986.525. La Junta Electoral Vecinal tendrá las atribuciones fijadas en la Ordenanza N° 727 y Anexo, a cuyo fin préstese la asistencia necesaria.
Artículo 5º: Instrúyase a la Secretaría de Gobierno para que haga conocer la presente Convocatoria a los Vecino del Barrio Villa García y zona, y publique el presente Decreto en la web Municipal, redes sociales y otros medios que estime pertinente.
Artículo 6º: Establézcase el presente Cronograma Electoral y formalidades a respectar por las listas de candidatos, a saber:
- Presentación de Listas: deben ser presentadas ante la Junta Electoral hasta 30 días corridos antes de la elección, cerrando la presentación el día miércoles 6 de Marzo de 2024 a las 13 horas.
- Formalidades: las listas deben contener las firmas de los candidatos para los distintos cargos y las de cinco (5) vecinos, como mínimo, sostenedores de cada lista.
- Fiscales: Cada lista podrá designar un fiscal titular y otro suplente, para el control del acto eleccionario.
- Prohibición doble candidatura: Ninguna persona podrá ser candidato en más de una lista, aunque varíe el cargo en que se lo postule
- Regirán supletoriamente para el acto eleccionario y el escrutinio, las normas aplicables de las Leyes Electorales Nacionales y Provinciales
Artículo 7º: PUBLÍQUESE, Protocolícese, Notifíquese, Dese al Registro Municipal y Archívese.
Tanti, 27 de Febrero de 2024